En estos días me he tropezado con la tercera persona, que siendo alumno de estudios universitarios, me comenta su indignación por la forma en que algunos compañeros aprueban.
La historia se está repitiendo en muchas Universidades españolas (no en todas, ciertamente, ni en todos los Centros, ni en todas las asignaturas) y consiste básicamente en que en los exámenes tipo test o por escrito, sencillamente el alumno aprovecha para hacer subrepticiamente una foto desde su smartphone de las preguntas y enviarla al exterior, donde un tercer alumno o incluso alguna Academia de avispados sinvergüenzas se encarga de confeccionar rápidamente las respuestas y reenviarla al grupo de WhatsApp o individualmente a los alumnos que están “en el ajo”. Y en ese momento, basta con acudir al sistema clásico de copiar de esta “chuleta tecnológica” que es la pequeña pantalla, con el añadido de lo manejables que son los teléfonos móviles. El aprobado está servido.
Esta situación es intolerable e invito a que las autoridades académicas españolas, que no lo hubieren hecho ya, tomen cartas en el asunto.
1. Veamos las razones para frenar esta infame práctica de la “chuleta electrónica” que se da en cuestionarios tipo test y exámenes de contenido memorístico por escrito.
– Se está tolerando una conducta de falsedad, éticamente intolerable en quien tiene la fortuna de ser alumno de una institución de educación superior.
– Quien aplica un método ilegítimo para aprobar un examen, como el tigre que prueba sangre humana, seguirá ese método en el resto de las asignaturas e incluso en la vida fuera de los muros universitarios.
– Se está burlando de los compañeros que se esfuerzan y sacrifican tiempo y energías en el estudio. Además provocan el aumento del nivel de rendimiento lo que puede llevar a que quien no se sirve de estas artimañas y demuestre un rendimiento justito quede eliminado.
– Se está engañando a la sociedad que recibirá a alguien titulado como cirujano, economista o abogado, por ejemplo, y que realmente tiene enormes vacíos formativos. O sea, se ofrecerá gato sarnoso por sana liebre.
– Se está incidiendo negativamente en la reputación y rendimiento de la Universidad, y con ello, al conjunto del sistema educativo.
2. A continuación situaremos las posibles vías para atajar el problema.
– En primer lugar, la formación deontológica de los alumnos, esto es, educar en principios y valores como la buena fe, la lealtad y la verdad. Ya sé que es mucho pedir, pues corren malos tiempos para los “principios” cuando vivimos tiempos de vértigo, de tecnología que permite obtener todo rápido y gratis, y donde no importa el esfuerzo sino los resultados.
Junto a ello, recordar que hay infracciones de disciplina académica (el viejo Decreto disciplinario de 1954, el Estatuto del estudiante y algunas leyes autonómicas), pero para imponer sanciones disciplinarias primero hay que pescar al infractor.
– En segundo lugar, la formación deontológica de los profesores. Los profesores deben ser formados en la importancia de los exámenes y la transparencia. Está muy bien la libertad de cátedra pero también su deber de evaluar el rendimiento objetivo de los alumnos. Hay profesores que se cuidan de vigilar realmente en los exámenes, pero no faltan los que de forma indolente se sientan en la mesa de la tarima y hojean periódicos e incluso con tabletas, permitiendo la “copia descarada”. No es un desdoro que un profesor vigile en los exámenes, sino que tiene que hacerlo activamente y técnicas hay de sobra: pasear entre las mesas, situarse en la parte posterior y a la espalda de los alumnos para que sientan la mirada en la nuca, inclinarse súbitamente sobre algún ejercicio, etc.
Y por supuesto, aunque no es cómodo vigilar exámenes sí es una actividad esencial que tiene lugar una o dos veces al año… ¿por qué no están varios profesores y becarios de la asignatura, o de otras del mismo área, de manera que la vigilancia descanse en una proporción razonable y con efecto disuasorio?. No. ¿acaso es mejor que un solo profesor vigile una cincuentena de alumnos y además que se dedique a mirar el reloj y soñar con un cielo de complementos retributivos?.
– En tercer lugar, la prohibición de tales artilugios en los recintos de examen. Y aunque hay muchas tecnologías para el copieteo, el uso y abuso de los móviles es lo mas generalizado y urgente. No hay problema en avisar de su prohibición y en que los alumnos depositen sus móviles en la tarima o bandejas (si lo hacen en los parques de atracciones o los aeropuertos, también pueden hacerlo en las aulas).
3. El problema viene dado con el pícaro que oculta el smartphone entre la ropa y se atrinchera en su dignidad humana resistente a cacheos. Pero aquí tampoco hay problema insalvable. ya que la tecnología pervertida en su uso se combate con tecnología puntera.
Es cierto que la solución de oro serían los inhibidores de móviles. Muerto el perro se acabó la rabia. Algunas Universidades dieron un paso adelante pero la legislación sobre telecomunicaciones y los Informes jurídicos gubernativos consideraron que tales inhibidores afectaban a las redes de comunicaciones e impedían medidas de emergencia o seguridad pública, salvo excepcional autorización para su implantación. Y por eso, muchas Universidades dieron un paso atrás, y optaron por la alternativa de extremar la vigilancia al máximo. Otras han seguido con los inhibidores.
Es llamativo por no decir altamente cuestionable jurídicamente que un acuerdo adoptado por el el Comité TCAM (Comité de vigilancia del mercado y evaluación de la conformidad en materia de telecomunicaciones), fije límites vinculantes hasta el punto de justificar limitaciones y sanciones… ¡A las Administraciones Públicas que persiguen tutelar intereses públicos relevantes!. Me temo que estamos nuevamente ante un fenómeno conocido de extralimitación en la aplicación de la Directiva 9/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo,sobre equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación y reconocimiento mutuo de su conformidad, y que conduce a un esperpento jurídico: una práctica opaca (prohibición de inhibidores donde hay altos intereses en juego, sin recepción legal expresa), prohibición indiscriminada pues la Administración opta por la mayor (prohibición universal de inhibidores) esgrimiendo ese monstruo que son las genéricas razones de “orden público”.
De hecho, el art.7.2 de la Directiva comunitaria es tajante cuando señala:
“los Estados miembros sólo podrán restringir la puesta en servicio de equipos radioeléctricos por motivos relacionados con el uso efectivo y apropiado del espectro de radiofrecuencias, la prevención de interferencias que resulten perjudiciales o por motivos relacionados con la salud pública.”
Y subrayemos que el art.1.5 no limita la autorización de inhibidores a razones de “seguridad pública” sino que deja fuera del objeto de la Directiva – referida a la verificación de equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación, ese ámbito: “La presente Directiva no se aplicará a los aparatos utilizados exclusivamente paraactividades relacionadas con la seguridad pública, la defensa, la seguridad del Estado (incluido el bienestar económico del Estado en caso de actividades relacionadas con cuestiones de seguridad) y las actividades del Estado en el ámbito del Derecho penal” (art.1.5). O sea, expliquemos gráficamente el aparente disparate: como si una Directiva se ocupa de regular los animales de compañía, dejando fuera de su regulación a los gatos, y la Administración invoca la Directiva para no autorizar ningún animal de compañía salvo los gatos.
Habrá que ver la nueva Ley 9/2014, de 9 de Mayo, de Telecomunicaciones y los Tribunales lo que dicen al respecto, y por supuesto aprovechar las posibilidades que se abren para que un futuro Real Decreto pueda incorporar puntualísimas excepciones, dado el portillo abierto por el art.33.2 que nos orienta sobre los valores que deben armonizarse en estas cuestiones:
Asimismo podrán imponerse límites a los derechos de uso del dominio público radioeléctrico para la protección de otros bienes jurídicamente protegidos prevalentes o de servicios públicos que puedan verse afectados por la utilización de dicho dominio público, en los términos que mediante real decreto se determinen. En la imposición de estos límites se debe efectuar un previo trámite de audiencia a los titulares de los derechos de uso del dominio público radioeléctrico que pueden verse afectados y se deberán respetar los principios de transparencia y publicidad.
Quede constancia, como opinión personal, que pienso que lo que habría que hacer es fijar determinadas aulas destinadas a exámenes “blindadas tecnológicamente” o con inhibidores de extensión limitada al aula y solicitando la comprobación, visado o autorización de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones u órgano competente (cosas mas crudas se han negociado por las Universidades, y “antes” de desarrollarse la Ley de Telecomunicaciones deberían “moverse” para exigir una regulación clara de la excepción, en vez de “quejarse a toro pasado”).
Lo que no debe amparar el Derecho son las interpretaciones absurdas ni la desproporción de medios, y es cierto que quizás las comunicaciones deben estar libres para casos de emergencia pero también que nada impide habilitar espacios concretos y solicitar autorización para ello; no hablamos de inhibidores en cines sino en aulas concretas durante la celebración de exámenes al servicio de la educación superior (o de oposiciones para acceso masivo al empleo público, por ejemplo).
4. Así que en tanto el legislador, el reglamentador o los Tribunales, se pronuncian sobre esta insólita situación, nos queda la imaginación:
a) Que se establezca un arco metálico a la entrada del Aula de exámenes. Y que nadie diga que la Universidad es un templo y no una cárcel. ¡Ya veríamos lo que ponen en la Iglesia de San Marcos si roban los cepillos!. Además no se trata de inundar las aulas de arcos metálicos sino solamente en determinadas aulas para los exámenes que no sean orales.
b) Que se utilice por los profesores una aplicación que sirva para detectar móviles. Y las hay, y son económicas (caso de Pocket Hound, entre otras técnicas). Y si el alumno se resiste o insiste en que no lleva nada, no hay que cachearle. Sencillamente el profesor le informará antes del examen, o bien que se siente cerquita de él para hacer el examen, o que le hará un examen oral o personalizado por escrito otro día.
O sea, soluciones “haberlas, haylas”.
5. Lo que es una majadería es lo que escuché a distintos profesores (minoría, afortunadamente) que se oponían a estas medidas con estos peregrinos argumentos:
– Soy un profesor y no un vigilante carcelario.
– Soy un profesor y por lo que me pagan no voy a vigilar mocosos.
– Soy mayor y no entiendo nada de esos aparatejos: pero sí sé cuando un examen está bien.
– Siempre se copió y forma parte de la vida universitaria.
– No hay dinero para gastarlo en esos controles. Hay prioridades.
– No importa que copien en los exámenes. Al fin y al cabo, ya la vida les demostrará la necesidad de aprender a ejercer la profesión.
6. En fin, en vez de hablar de tanta excelencia de las Universidades, quizás no estaría de más empezar por demostrar que se está acorde con los tiempos y ofrecer garantías de que lo que se enseña, se aprende y se evalúa con objetividad. O bien se implantan garantías tecnológicas, o se cambia el sistema de exámenes por otro modelo menos memorístico, o se incrementa la proporción de vigilantes por examinados. Lo que no es solución no es tolerar la vía de agua en el buque y seguir tocando el violín académico como cuando se hundía el Titanic. La pasividad en la reacción ante estas conductas, supone hacer cómplice del fraude a las autoridades académicas simplonas que lo toleren.
Y perdonen que lo diga con tanta contundencia, pero creo que la educación es lo que nos ayuda a mejorar, evolucionar y salir adelante como personas y ciudadanos. Y me duele que se tolere este nicho de fraude que, insisto, por los testimonios directos recabados al menos lo padecen tres Universidades públicas distintas, y creo que con ese muestreo puedo inferir que muchas más están incursas en tan penosa dejadez.
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